MADERA LEGAL. La Web para el cumplimiento del EUTR (Reglamento Europeo de la Madera) para comercializar madera y productos derivados en la Unión Europea

El Reglamento 995/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de Octubre de 2010 (publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de Noviembre de 2010) denominado de “Diligencia Debida” se enmarca en el Plan de Acción FLEGT (Aplicación de las leyes, “gobernanza” y comercio) de la Unión Europea para combatir la tala ilegal y el comercio derivado de madera y productos de madera.

Dicho Plan de Acción se centra en proporcionar ayuda a los productores de madera para desarrollar sistemas de verificación del origen de la madera y mejorar la aplicación de la legislación vigente.

El referido Reglamento 995/2010 establece las obligaciones de los agentes que comercializan madera y productos de la madera.

* Se aplica a toda la madera y derivados que se comercializan por primera vez en el mercado comunitario:

  • A los producidos dentro de la UE
  • A las Importaciones

* Productos sometidos a dicha normativa: Desde madera en rollo hasta papel no impreso. Se excluyen los reciclados. Ver el apartado de productos afectados.

* Obligaciones de los agentes:

Los operadores que comercialicen madera o productos de esa madera por primera vez deberán ejercer la diligencia debida:

  • Para la producción local/nacional: El propietario forestal o el rematante (ya sea la venta en cargadero o en pie).
  • Para la producción exterior: El importador

Los agentes que comercialicen madera o productos de esa madera posteriormente serán capaces de identificar en toda la cadena de suministro:

a los agentes o comerciantes que les hayan suministrado la madera y los productos de madera, y cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera y productos de madera.

Está prohibida la comercialización de madera aprovechada ilegalmente o de productos derivados de esa madera.

Por lo que respecta a la evaluación del riesgo de la procedencia de la madera y productos de la madera, se propone un sistema, que se ha elaborado de forma rigurosa, según numerosos informes de organizaciones internacionales y ONGs de reconocido prestigio.

Fuente: maderalegal.info

 


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